Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar

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Si estás pensando en contratar una empleada del hogar, es importante que conozcas la normativa vigente que regula esta relación laboral. En España, el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, establece el marco legal para la contratación de personal doméstico, garantizando sus derechos y fijando las obligaciones de los empleadores. Este artículo te explicará, de manera clara y sencilla, los aspectos fundamentales de esta regulación y cómo afecta a quienes desean incorporar ayuda en casa.

¿Quién puede contratar una empleada del hogar?

Cualquier persona física que necesite contratar a una empleada del hogar puede hacerlo. Este tipo de relación laboral es de carácter especial, ya que se desarrolla en un entorno familiar, y el empleador no es una empresa, sino un particular.

La normativa aplica a personas que desempeñen tareas como limpieza, cocina, planchado, asistencia a niños o personas mayores, entre otras funciones dentro del hogar.

Requisitos para la contratación

Para formalizar el contrato con una empleada del hogar, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  1. Formalización del contrato: Si el servicio dura más de cuatro semanas, el contrato debe realizarse por escrito. En él deben especificarse las condiciones del empleo, como jornada laboral, salario, días de descanso y duración del contrato.
  2. Alta en la Seguridad Social: Desde el primer día de trabajo, el empleador debe inscribir a la empleada en el sistema de la Seguridad Social y encargarse de sus cotizaciones.
  3. Pago del salario: La empleada debe recibir al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), en proporción a las horas trabajadas.
  4. Entrega de nómina mensual: El empleador está obligado a proporcionar un recibo de salario cada mes.
  5. Respeto a los derechos laborales: Se deben cumplir las normas sobre descanso, vacaciones y condiciones de despido establecidas en la normativa.

¿Cómo se realizan las cotizaciones a la Seguridad Social?

Desde el 2012, las empleadas del hogar están incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social. El empleador es responsable de tramitar el alta y asumir el pago de las cotizaciones correspondientes. El coste se divide de la siguiente manera:

  • El empleador paga aproximadamente el 76% de la cotización.
  • La trabajadora asume el 24% restante, descontándose de su salario bruto.

Las cotizaciones cubren derechos como la asistencia sanitaria, incapacidad temporal y pensión de jubilación, aunque hasta hace poco no contemplaban la prestación por desempleo (una reforma reciente ha modificado este aspecto).

Obligaciones del empleador

  1. Redacción de un contrato: Debe incluir la jornada laboral, el salario y otras condiciones acordadas.
  2. Pago de salario y nómina: Cada mes se debe entregar un recibo de salario firmado.
  3. Cumplimiento de la normativa sobre despido: Si el empleador decide prescindir de la trabajadora, deberá conceder un preaviso y, si corresponde, una indemnización.
  4. Respeto a los tiempos de descanso: Se debe garantizar un mínimo de 36 horas consecutivas de descanso semanal y 30 días de vacaciones anuales.

¿Qué ocurre si no se cumple la normativa?

El incumplimiento de las obligaciones legales puede acarrear sanciones económicas y responsabilidades legales para el empleador. Además, no dar de alta en la Seguridad Social a una empleada del hogar supone una infracción grave.

La solución más sencilla: contratar los servicios de EnTuCasa

Gestionar la contratación de una empleada del hogar puede ser un proceso complicado. Por ello, empresas especializadas como EnTuCasa facilitan todo el procedimiento, asegurando que la contratación se realice de manera legal y sin complicaciones.

¿Qué ventajas ofrece EnTuCasa?

  • Selección profesional de candidatas adecuadas para cada familia.
  • Asesoramiento legal en todo el proceso de contratación.
  • Gestión de alta en la Seguridad Social y cotizaciones.
  • Elaboración de contratos y nóminas mensuales.
  • Sustitución de empleadas en caso de necesidad.

Gracias a su experiencia, EnTuCasa se encarga de todos los trámites administrativos, garantizando tranquilidad tanto para los empleadores como para las trabajadoras. Para más información, puedes visitar www.entucasa.es.

Contratar a una empleada del hogar no solo implica encontrar a la persona adecuada, sino también cumplir con una serie de responsabilidades legales. El Real Decreto 1620/2011 establece las normas que garantizan un empleo digno para las trabajadoras del hogar y protege los derechos de ambas partes.

Si buscas comodidad y seguridad en el proceso de contratación, contar con una empresa como EnTuCasa es una opción inteligente que te ahorrará tiempo y preocupaciones. Así, podrás disfrutar de la tranquilidad de contar con ayuda en casa de manera legal y segura.

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